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Lo afirmó la Letrada posadeña  Noelia López en referencia a la nueva ley del Ministerio de Gobierno. 

15/03/2017

“Los jueces de faltas tienen prohibido aplicar penas con privación a la libertad”

“Los jueces de faltas tienen prohibido aplicar penas con privación a la libertad”
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a jueza de Faltas de Posadas, la magistrada Noelia López  indicó a un medio de la capital provincial que por Carta Orgánica los jueces de Faltas tienen prohibido aplicar penas que involucren privación de la libertad. Aclaró que el ránking de infracciones lo lideran las multas por circular sin la documentación reglamentaria.

La letrada indicó además que los agentes municipales de tránsito no están autorizados a detener a personas, para ello siempre debe ser la policía quien lo haga y después ponga al infractor o infractora ante el juez de Faltas correspondiente.

López indicó que antes de que se ponga en vigencia esta nueva resolución del Ministerio de Gobierno – que establece entre 48 horas y 30 días de arresto a quien se encuentre conduciendo en  estado de ebriedad -, en la ciudad de Posadas se venía trabajando con los juzgados de Paz Contravencionales de la siguiente manera: si se procedía a la detención de una persona quien entendía en el caso era el juez contravencional y si en el mismo acto se labraba un acta de infracción con test de alcoholemia, esa acta era remitida al Juzgado de Falta.

“Nosotros interveníamos con la sanción pecuniaria y el juez contravencional oficiaba al juzgado de Faltas a ver si esta persona se había presentado o no ante el tribunal, y ahí se tomaban los recaudos que consideraba. Si se tramitaba se mandaba al archivo y si no, se lo volvía a citar”, indicó.

Sobre la cantidad de casos que tramitan por día referidos a infracciones por conductores en estado de ebriedad, dijo que si bien son numerosas no superan a las que se labran por circular sin la documentación adecuada. “Lo que nos asombra de las infracciones por consumo de alcohol es la alta graduación de los conductores. Porque en Posadas rige el alcohol cero y el régimen de penalidades es más duro que en otras localidades de la Provincia. De 0,1 a 0,5 se considera una falta leve, y pasado ese número se endurecen las penalidades”.

Sobre el costo de una multa por manejar en estado de ebriedad, explicó que en Posadas las sanciones se miden en unidades fijas que son por litro de nafta de mayor octanaje y de menor precio del mercado. “Normalmente trabajamos con los valores del ACA. Entonces una alcoholemia va de 676 unidades fijas y el máximo 2.000 unidades fijas. El tema del pago de la multa no es lo que más les duele por decirlo de alguna manera, sino la suspensión o retención de la licencia y la asistencia a los cursos. Eso si la gente siente más, no poder conducir y la asistencia a las 40 horas de curso. Lo primero que preguntan es si eso no se puede dejar sin efecto y explicamos que la ordenanza es clara y dice el juez debe, no hay posibilidad de contemplaciones”.

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