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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

11/12/2018

Polémica y confusión en cuanto a la duración del mandato en la Presidencia del Concejo

Confusión por la duración del mandato a días de la votación. Para el ex convencional constituyente Dr. Abelardo Giavotto son dos los años que deberán pasar para renovarlo, en tanto para la edil Lila Chamorro -según su visión de la nueva carta - el cambio se debe dar anualmente. El reglamento interno del HCD no coincide con la reciente Carta Orgánica Municipal.

Polémica y confusión en cuanto a la duración del mandato en la Presidencia del Concejo
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iavotto: “Cada dos años se elige el Presidente del Concejo”

Cada dos años se renuevan las autoridades en el recinto deliberativo así lo hizo saber a RADIO STOP el ex convencional constituyente Dr. Abelardo Giavotto. “De igual manera en cualquier momento se puede revocar al presidente por  motivos particulares pero con cinco votos positivos, todo depende del acuerdo o las negociaciones políticas”.

Rápidamente y tras escuchar las declaraciones de Giavotto quien salió a contrarrestarlas fue la concejal de CAMBIEMOS Lila Chamorro. En dialogo con la Mañana de STOP declaró “nos pusimos a releer la carta y se deben hacer varias lecturas para conocer los cambios. El Reglamento interno del Concejo no se condice con la nueva carta que señala que el mandato de las autoridades electas sea de un año”.

“Al parecer Giavotto no lo tiene muy en claro, y eso que el quería hacer un cambio de reglamento interno” agregó.

Para final la edil sostuvo que en la tarde de este martes se llevará a cabo una reunión de concejales en la que además de tratar el tema del presupuesto se podría llegar a abordar este tema. “Supongo que lo vamos a tratar” deslizó.

Actualmente la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante está en manos de la Doctora Yolanda Caballero. 

En tanto para el asesor jurídico del Honorable Concejo Deliberante Dr. Germán Chemes "pese al desfasaje todo se va a definir por una cuestión política".

La Nueva Carta Orgánica de Eldorado Consta de 256 artículos y 10 disposiciones transitorias y tendrá vigencia por 20 años (2018-2038). 

Artículos reformados

Con respecto a los principales puntos de la reforma de la Carta Orgánica, se destacan entre otros la eliminación de la reelección indefinida, ya que de ahora en más cada jefe comunal podrá cumplir solo dos mandatos, es decir que podrá ser reelecto una sola vez.

Otro punto importantes de la reforma tienen que ver con la instauración de figuras como el viceintendente, el defensor del pueblo, el ente regulador de servicios públicos, y otras vinculadas a la participación ciudadana, como ser: audiencias públicas, confirmación de concejos consultivos, al que tanto el Ejecutivo como el Legislativo están obligados a consultar. Podrán solicitar también pedidos de informe por parte de los ciudadanos con términos referente a plazos establecidos. Establecimiento de regímenes de expropiación y otros.

Por otra parte se aprobaron varios artículos vinculados a cuidados del medio ambiente en particular el agua. Se hace referencia a cambio climático vinculado a leyes regionales y globales, acuifero guaraní y demás.

En referencia a limitaciones en gastos: el Concejo Deliberante no podrá gastar más del 8% del presupuesto general del municipio. Los concejales deberán organizarse por bloques partidarios y no bloques unipersonales, y podrán tener como máximo cada concejal, dos asesores y el bloque partidario 3. En este caso hoy en día, son dos bloques o deberían ser, cambiemos y la renovación. Los 3 asesores de Bloque partidario no gozarán de estabilidad laboral, por lo que una vez que termina el mandato de los concejales finalizará su vinculación con el municipio, sin derecho a percibir ningún tipo de indemnización. Lo mismo ocurrirá con los 2 asesores de los concejales, así como ingresaron el primer día que ingresa el concejal, se deberán ir el día que finaliza el mandato del mismo, estas dos personas también sin estabilidad laboral y sin derecho a indemnizatorio alguno.

Los concejales no podrán percibir una dieta mayor al 40% de lo que percibe el intendente, y se establece una dieta por todo concepto sin ningún tipo de adicionales, como ser por ejemplo, antigüedad que puedan provenir de otras instituciones a la cual el concejal puede pertenecer o no.

Además el Concejo Deliberante dejará de llamarse “Honorable” y se denominará solo Concejo Deliberante.

En el Ejecutivo el intendente tendrá un sueldo neto igual a 8 veces el neto de la mayor categoría que tenga el municipio.

Los gastos de personal, incluido los cargos políticos y empleados municipales, no podrán superar el 65% del presupuesto, con lo que al intendente le quedará un 35% para gastos a realizar en lo que él crea conveniente según la campaña o promesa realizada en los actos electorales.

Con respecto a la defensa a la vida lograron incorporar las obligaciones del municipio para con los ciudadanos y agregaron un inciso que dice: el cuidado de la mujer embarazada y del niño por nacer. Esto se suma a la proclama del municipio como Provida, que el Concejo Deliberante proclamó por ordenanza.

Y uno de los últimos puntos por los que se votó en una polémica y concurrida sesión, fue la continuidad de la ley de lemas, que por votación de 4 a 3- seguirá vigente en la Capital del Trabajo.

De ser necesario, se estima que la próxima reforma de esta Carta, sería en unos 20 años.