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LIMPIEZA DE TERRENOS

22/01/2019

Malestar de vecinos sobre la Ordenanza 117/2016: “solo rige para algunos sectores”

La deplorable imagen corresponde a una construcción de viviendas desbordadas por malezas en el barrio Lomas del Paraná en el kilómetro 1 sobre las calles Lehman y Ceballos. En el lugar observaron serpientes que ponen en riesgo la integridad física de todos los vecinos, principalmente de los niños. Se han elevado reclamos en reiteradas ocasiones sin obtener respuestas.

Malestar de vecinos sobre la Ordenanza 117/2016: “solo rige para algunos sectores”
E

l mensaje enviado por Yamila, vecina del lugar

“Hola soy Yamila del km 1 barrio Lomas del Paraná, estoy muy preocupada por la maleza frente a mi casa que es calle Lehman y Ceballos. Es terreno donde hay casas a medio terminar de Iprodha. Ya he reclamado en Iprodha y la Municipalidad y nadie se hace cargo. Esa ordenanza – en referencia  a la 117/2016- que salió de mantener limpio los terrenos evidentemente sólo rige para algunos”. Las malezas en algunas viviendas superan el techo. “Nadie se hace cargo, hace varios años que estamos conviviendo prácticamente con serpientes. Aguardamos soluciones concretas”.

La construcción de las 60 viviendas - a cargo del Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA) - correspondían al Plan Belgrano.

Ordenanza 117/2016 

La ordenanza 117/2016 que sanciona a propietarios de terrenos en estado de abandono, como medida para evitar reservorios y áreas en el Municipio que permitan la reproducción de insectos u otro tipo de alimañas.

Por esto, la ordenanza prohíbe la existencia de fincas en estado de abandono y descuido, ya sean baldíos, edificios en construcción, fuera de uso; y de bienes u objetos de cualquier naturaleza, que pudieren acumular agua, transformándose en el ámbito necesario que requieren para reproducirse los insectos vectoriales.

Así mismo, establece que los terrenos baldíos deberán ser mantenidos sin malezas, con árboles y arbustos debidamente podados, sin objetos de ninguna naturaleza que pudieren acumular agua, sin cacharros o chatarras, sancionando a los propietarios que no cumplan estas condiciones con multas que están graduadas entre 20 y 500 Unidades Fiscales.

Cabe destacar que esta multa se duplicará en caso de que no diera cumplimiento en el plazo que determine la autoridad de aplicación para la limpieza general del inmueble o el acondicionamiento del mismo.

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