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12/03/2020

Sueldos, sólo por cuentas bancarias

El gobierno dejó sin efecto las billeteras virtuales. El gremio del sector apoyó la medida, que no tuvo buena recepción empresarial.

Sueldos, sólo por cuentas bancarias
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a resolución 179/2020 del Ministerio de Trabajo -a cargo de Claudio Moroni- derogó la norma del mismo tenor que desde 2018 permitía a los trabajadores cobrar sus ingresos en billeteras virtuales en lugar de cuentas bancarias. La publicación de la norma en el Boletín Oficial reavivó el debate sobre una puja que tuvo a empresarios alineados en alas liberales intercambiando misiles con la Asociación Bancaria liderada por el radical Sergio Palazzo.

A consideración de ambos contendientes, el número de personas que percibió sus ingresos en la modalidad derogada por resolución no es significativo, pero sí lo era la posibilidad de que ese conjunto se incrementara a través del tiempo y con la intensidad que ofrece el avance de plataformas virtuales.

Lejos de inocuidad política, la medida del gobierno está en sintonía con lo que el sindicato bancario sustentó para defender la prioridad de este servicio, por una vez en la vida, con el respaldo de los empresarios bajo argumentos de: seguridad de fondos/operatoria, exigencias para establecer esa posición de mercado y otras.

No faltó quien recordara que el CEO de Mercado Libre, Marcos Galperín -hoy residente en Uruguay-, fue uno de los primeros interesados en lograr una entrevista con Alberto Fernández, café que se cumplió dentro de exigente agenda y sobre trazos puntuales. En cuanto a lectura de expertos, el economista Ariel Setton, especialista en bancarización y medios de pago, le explicó a Crónica que la medida asoma como más política que económica.

"Casi no existían personas que hubieran elegido cobrar en sus billeteras móviles en vez de sus cuentas bancarias. La medida es figurativa, en el sentido de que no se imposibilita que, una vez cobrado el sueldo en una cuenta bancaria, pueda transferirse vía CBU a la billetera virtual", dijo.

Suscribiendo el hecho de que la plataforma salarial electrónica no contó con un número significativo de adherentes, señaló el predominio de cuentas sueldo en bancos sobre la opción digital por app. Éstas no crecieron "en razón de cuestiones técnicas de integraciones que debían hacerse y aún no existen. No podría masificarse entonces, aun si los empleados/trabajadores lo eligieran".

En los considerandos de la resolución, la cartera laboral expuso que "la experiencia ha demostrado que la alternativa establecida mediante la Resolución N° 168/2018 no ha generado ventajas reales en la vida de los ciudadanos ni en la actividad económica". Además enfatiza que, al no encontrarse las cuentas virtuales reguladas por las normas del BCRA, no se cumplen con los estrictos requisitos en materia de seguridad de la información, ni están sujetas a exigencias sobre sus posiciones de solvencia y de liquidez.

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