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EN VARIOS PROCEDIMIENTOS

21/08/2020

Gendarmería secuestró vehículos, cigarrillos ilegales y mercaderías sin aval aduanero

La fuerza de seguridad llevo a cabo procedimientos en distintas localidades de Misiones como en otras provincias donde los uniformados llevaron adelante operativos obteniendo resultados mencionados anteriormente.

Gendarmería secuestró vehículos, cigarrillos ilegales y mercaderías sin aval aduanero
C

umpliendo con las actividades asignadas en el marco de la lucha contra el narcotráfico llevada adelante por el Ministerio de Seguridad de la Nación, entre los días 18 y 20 de agosto del corriente año, efectivos del  Escuadrón 9 “OBERÁ” de la Gendarmería Nacional Argentina,  secuestró un total de MIL (1.000) paquetes de cigarrillos en un (1) dentro de su jurisdicción, con un avalúo final de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL ($ 139.000). Del mismo modo, y en infracción a la ley 22.415, personal correspondiente al Escuadrón 12 “BERNARDO DE IRIGOYEN” secuestró VEINTIOCHO (28) CAJAS DE VINO, con un avaluó de PESOS DOSCIENTOS Y UN MIL ($ 201.000).

La mercadería secuestrada quedó a disposición de las autoridades Judiciales respecto a cada jurisdicción.

VEHÍCULO CON PEDIDO DE SECUESTRO

En el marco de las actividades operativas, el día 19 de agosto del corriente año, en horas de la mañana, personal del Escuadrón 8 “ALTO URUGUAY”, realizaron un Control de Ruta en su jurisdicción, al efectuar un control físico y documentológico de un vehículo marca MERCEDES BENZ, MODELO 710, al solicitar antecedentes por dominio del rodado en el sistema de gendarmería; arrojo un “PEDIDO DE SECUESTRO” activo, por lo que se pone en conocimiento al Juzgado de instrucción N° 5 de Leandro N Alem (Mnes), quien orientó se labre las actuaciones de rigor y se proceda a la incautación del rodado.

ADUANA

Entre los días 15 y 16 de agosto del corriente año personal del Escuadrón 47 “ITUZAINGÓ”, correspondiente a la Provincia de Corrientes, procedieron al secuestro de CINCUENTA Y SIETE MIL KILOGRAMOS (57.000 Kg) de soja a granel, los cuales eran transportados en DOS (2) camiones, ambos procedentes de la Provincia de Santiago del Estero con destino final la Ciudad de El Soberbio y San Vicente, de la Provincia de Misiones.

Durante el control de la documentación de los transportes de carga interjurisdiccional (CARTAS DE PORTE PARA EL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE GRANOS),el personal detecto irregularidades, gracias a su experiencia y capacitación, por lo que procedieron a tomar contacto con personal de la AFIP-DGI, Dirección Regional Posadas - Misiones, donde confirmaron que los números indicados de los documentos presentados por los transportistas registraban inconsistencia en el sistema informático, tratándose de un documento falso.

Al encontrarse en infracción al Art 292 y 296 del C.P.A y Ley 24.769 (Ley de Delito Tributario), se procedió a tomar contacto con el  Juzgado Federal de Corrientes Nº 1, Secretaria Penal Nº 6, quienes dispusieron que se realicen las correspondientes actuaciones, con el secuestro de la documentación apócrifa, dándole intervención a la Aduana de Posadas, los que procedieron a la interdicción de la totalidad de la carga de ambos transportes.

El personal del Escuadrón 57 “SANTO TOME”, el día 18 de agosto del corriente año en horas de la tarde, en oportunidad que se encontraban sobre la Ruta Nacional N°14, detuvieron la marcha de un vehículo de cargas que provenía de la Ciudad de Apóstoles – Misiones con Destino la ciudad de Buenos Aires, al momento del control físico efectuado en el interior del semirremolque junto con la carga se detectó dos bolsas que en su interior contenían CINCUENTA (50) celulares Marca REDMI 7A, los cuales estarían en infracción a la ley aduanera por no contar con el aval correspondiente.

Posteriormente a las comunicaciones efectuadas con la Aduana Santo Tome se verificó un avalúo total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS ($ 2.441.522).

Se tomó contacto telefónico con la autoridad interviniente, Juzgado de Federal de Paso de los Libres, Secretaria Penal Nro. 2, quien dispuso se labren las actuaciones de rigor, detención de los causantes, incautación del tractor y de la totalidad de la mercadería, por encontrarse en infracción a la Ley Aduanera 22.415.

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