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POLÉMICA EN BARRIO 20 DE JUNIO

03/08/2022

“Mariano vive hace aproximadamente cuatro años en el barrio”

Sandra Dos Santos, integrante de la Junta Electoral del barrio 20 de Junio dio su opinión sobre la revocación de las elecciones disputadas en los últimos días en las que Mariano Melgarejo quien encabeza la Lista Roja logró obtener la presidencia del barrio y sostuvo “cuestionan que él vive hace unos meses pero él hace muchos años vive aquí y todos saben eso”, Criticó a su vez que la Junta Electoral con sus seis integrantes “avaló todas las documentaciones sin problemas”.

“Mariano vive hace aproximadamente cuatro años en el barrio”
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emanas anteriores el barrio 20 de Junio renovó las autoridades que estaban al frente de la comisión vecinal y por amplia mayoría fue electo Mariano Melgarejo de la Lista Roja. Pasados los días, integrantes de otras dos listas que compitieron para obtener la presidencia de la comisión, presentaron quejas junto a integrantes de la Junta Electoral por la residencia de Mariano Melgarejo en el barrio, a quien acusaron de vivir por menos de un año en el barrio siendo que uno de los requisitos fundamentales para postularse o votar es la residencia mínima de un año.

En declaraciones con RADIO STOP, Sandra Dos Santos integrante de la Junta Electoral por la Lista Roja, comentó “Si nos basamos en la ordenanza, no estamos equivocándonos en nada de la lista”.

Explicó que el pasado 19 de julio, se reunieron los integrantes de la junta, revisando los papeles correspondientes a las carpetas de cada candidato, Señaló: “el 20 de julio fuimos a acción social un integrante de cada lista y presentamos las carpetas sin problema”. Somos 6 integrantes de junta, 2 de nuestra lista, la otra tenía 3 y última lista 1”.

                                                                                                                                                         

El problema generado es por la antigüedad del presidente electo en el barrio a quién aducen que vive por menos de un año allí ; “se cuestiona eso pero no era solo yo, fuimos 6 personas que por medio de una nota avalamos las tres listas todas con todas las documentaciones.

 El artículo 37 de la ordenanza de elecciones rige que para integrar órganos directivos se requiere: Ser mayor de 21 años , no tener acciones judiciales, estar empadronado y tener  un año como mínimo de residencia en el barrio”.  Volviendo sobre el artículo 37 antes mencionado en la normativa,  establece la acreditación de la residencia en el barrio por más de un año, Dos Santos mencionó que “No pide que sea un DNI, factura de servicio o algo similar. Cuando haces el certificado de domicilio, usas testigos de la cuadra que confirmen que hace 4 años vivís allí”.

 

“Si no pasa los 4 años que vive en el barrio está casi a pasar. Él incluso cuando se levantó la cuarentena repartió en su casa por el Día del Niño dulces para los pequeños y ese mismo año hizo donaciones de roscas de pascuas en su domicilio. Claramente él vivía en su domicilio en ese entonces” añadió.

Pese a que en el documento de Melgarejo figura el cambio de domicilio hace solamente 4 meses, la mujer hizo hincapié en la normativa, que no exige un documento en particular para acreditar su residencia “si me pongo a leer esto o cualquier persona común lee, verá que la ordenanza no te pide otra cosa que no sea tener un año como mínimo de residencia en el barrio pero no dice que debe constar en documento”.

“Por ordenanza rige que autoridades electorales acreditarán o no el avale de requisitos en cada uno de los candidatos. Quieren pedir ellos de su boca algo que no está en la ordenanza, y eso no entra en la cabeza de nadie” concluyó.

 

 

 

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