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ELECCIONES BARRIALES EN ELDORADO

08/08/2022

Cardozo: “En razón a la necesidad que haya se puede modificar la ordenanza”

La Concejal Lorena Cardozo habló sobre los inconvenientes generados en los últimos días en distintos barrios sobre supuestas irregularidades en los actos eleccionarios y comentó “ Hubieron varios inconvenientes que pueden ser ejes para hacer cambios en la ordenanza y evitar nuevos sucesos”.

Cardozo: “En razón a la necesidad que haya se puede modificar la ordenanza”
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on cada vez más los barrios que se unen para reclamar irregularidades en las elecciones barriales, al menos 25 referentes barriales se unieron para manifestar su malestar.

La polémica surgió luego de las elecciones disputadas en el barrio 20 de Junio donde Mariano Melgarejo pese a contar con amplio resultado en las elecciones del pasado mes de julio se les impugnarían las votaciones y que asuma en su lugar, Marcos González quien salió segundo de la contienda electoral, lo que hasta el momento no ocurrió.

De acuerdo a lo que sucedido en el barrio del kilómetro 3 y por versiones, en el barrio San Martín que el domingo 31 de julio resultó electo Luis Núñez, la nueva comisión teme que un hecho similar ocurra en los próximos días teniendo en cuenta que, a la misma queja se sumaron referentes de doce barrios que manifiestan malestar en torno al procedimiento de la Dirección de Asuntos Barriales.

A raíz de ello, se apersonaron en el Concejo Deliberante la semana pasada y mantuvieron distintas reuniones para ver cómo se podía resolver el caso.

La Concejal Lorena Cardozo dialogó con RADI

O STOP al respecto y detalló “son muchos vecinos que manifestaron irregularidades en comisiones, todavía no hay comunicación formal con respecto a eso. El caso del barrio 20 de Junio tomo fue el que tomó más trascendencia pero conocimos todos los casos en particulares. El CDE no puede ser ajeno a esa situación, todo repercute y todo resuena en el Concejo y tenemos que -en razón a nuestra función y rol- tomar medidas”.

Señaló que el conflicto se generó por la ordenanza 9/2006 que en su artículo 37 inciso C fue cuestionado porque se generó  el problema en el barrio 20 de Junio con respecto al domicilio que según señala la normativa, se rigieron por DNI “con estas situaciones, se generan descréditos a instituciones, restar valor a participación ciudadana y esto me preocupa. Charlamos con los vecinos, expusimos esto que resta valor a participación ciudadana, a democracia”.

En esa línea destacó el accionar de la junta electoral en el marco del calendario de elecciones que “censa y empadrona, además quiero hay que mencionar al voto popular que eligió a la comisión, pero estas cosas les resta valor”.

“Cada barrio que se presentó tuvo su situación particular, estuvieron Sarmiento, Los Lapachos, 20 de Junio, San Martin, Amistad y se fueron sumando otros referentes. este artículo se cuestionó en la elección vecinal del barrio 20 de Junio porque aparentemente uno de los candidatos no cumplía con los requisitos de residencia. Entonces se indicaba desde el DEM y las àreas técnicas que la forma de acreditar la residencia en el barrio era por DNI, y justamente esta persona renovó su DNI en abril de este año” manifestó.

Indicó que “el artículo 37 establece que deben estar empadronados y como mínimo de residencia de 1 año en el barrio, debajo en otro párrafo dice que “entiéndase por residencia domicilio real dentro de la jurisdicción del barrio, la autoridad de aplicación corroborará lo mismo, a través de Coordinación Barrial, Asuntos Jurídicos que dirán como se acreditará”.

La Junta Electoral debió plantearle la observación que se presentó en cuanto a su permanencia en el barrio y éste tener alguna herramienta que demuestre lo suyo. Pero ya es una lista oficializada, ¿Cómo podemos cuestionar una lista oficializada luego de proceso eleccionario y viendo resultado?. Tenemos otros medios para acreditar el domicilio que no sea DNI, como la factura de servicio, certificado de domicilio con aval de 2 testigos, contrato de locación entre otros, hay varios medios probatorios y esto debe reglamentarlo, tiene que hacer el DEM para disipar cualquier duda que no pase lo que sucedió para no desalentar al vecino. Tenemos que propiciar la participación ciudadana, pero esto hace que la gente no quiera participar, las reglas deben ser claras”.

Al ser consultada sobre la modificación de la ordenanza, expresó “cada vez que se modifica se piensa con cierto de margen de temporalidad. Esta ordenanza es de 2006, modificada en cuanto a edad para sufragar de 21 a 18 años en principio y luego se bajó a los 16 años. Se podría hacer cambios según los inconvenientes que haya, en razón a necesidad se puede modificar”.

Enfatizó “Las reglas que nos establece la ordenanza en cuanto a proceso electoral son claras, tenemos distintos actos en tiempo determinado de elegir junta electoral, empadronar, tienen que presentar listas, la junta tiene que evaluar el cumplimiento de requisitos, tienen que presentar padrones provisorios, definitivo todo en tiempo y forma. Todo eso está arreglado con sus correspondientes plazos, no hay mucho margen de discrecionalidad para salir de este proceso que marca, si cumplimos esto problemas no vamos a tener, si habría consultas respecto de algunos plazos, en este caso Coordinación Barrial debe actuar como veedor y agente de información y formación de junta y vecinos”.

Contó que el último jueves en Sesión Ordinaria “nosotros pedimos informes sobre proceso electoral barrial en barrio 20 de Junio, tenemos pendiente pedido integral dirigido a conocer situación de demás comisiones y dichos del Secretario de Gobierno viralizado publicitando un candidato a presidente de la comisión vecinal de ese barrio, dimos plazo de 10 días hábiles y será por escrito”.

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