A TENER EN CUENTA
La falta de matafuego y balizas en automóviles es motivo de multas y retención vehicular
La Ley Nacional de Tránsito rige la exigencia la tenencia de matafuego y balizas portátiles normalizadas en los autos.
La misma establece que las balizas tienen que tener un elemento retroreflectivo que forme un triángulo equilátero y además deben ser capaces de soportar vientos fuertes para que pueda señalizar el obstáculo permanentemente; las mismas deben estar ubicadas al menos 30 metros antes de dicho obstáculo. En el caso que el impedimento se encuentre en una curva, las balizas deben estar antes de la misma.
En el caso del matafuego, tiene que estar sujeto al alcance del conductor, no en el baúl. Además, en caso de que la persona sienta olor a quemado o vea humo proveniente del capot, no debe abrir el mismo ya que esto oxigena el fuego y lo aviva; en este caso, se debe accionar el matafuegos a través de una rendija que permita acceder al posible foco del incendio. Se debe verificar también que el indicador de presión que posee el matafuego marque la zona verde; de lo contrario, ya debe recargarse.