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En un comunicado, su representante legal salió al cruce de informaciones, “para aclarar puntos” que consideró inexactos.

27/09/2016

El defensor oficial de Eldorado Casco “jamás ejerció la abogacía en Misiones”

El abogado Ramón Alejandro Nazareth Casco cuando juró, en el Superior Tribunal de Justicia de Misiones, como defensor oficial de primera instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia Nº 2 de Eldorado.

El defensor oficial de Eldorado Casco “jamás ejerció la abogacía en Misiones”
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ldquo;El doctor Casco se desempeña desde abril de 2011 como defensor oficial en Eldorado, no en Posadas”, señaló el abogado Claudio Ramírez en un comunicado de prensa en el que también señaló que el defensor oficial Ramón Alejandro Nazareth Casco “jamás ejerció la profesión de abogado en toda la provincia de Misiones, en ningún fueron y en ninguna instancia”, y explicó que “los años de ejercicio de la profesión corresponden a la provincia de Corrientes, y aunque estuvo matriculado en el Colegio de Abogados de Misiones, no llegó a ejercer la profesión aquí”.

El Poder Ejecutivo Provincial envió a principios de este mes a la Cámara de Representantes un proyecto de comunicación solicitando el acuerdo legislativo para designar a Casco en el cargo de Juez del Juzgado de Primera Instancia con competencia en Familia y Violencia Familiar, de Puerto Iguazú.

La postulación de Casco surgió cuando se cayó la designación para ese cargo de la abogada María José Ramírez, porque surgió una denuncia en Corrientes, en marzo pasado, por el presunto intento de apropiación de una criatura recién nacida, hecho en el cual se encuentra involucrado también su esposo. El pliego de Ramírez fue enviado en diciembre del año pasado por el entonces gobernador Maurice Closs un día antes de terminar su mandato

Pero resulta que alguien dio a conocer que Casco, un tiempo atrás, fue suspendido en el cargo de defensor, por el Superior Tribunal de Justicia de Misiones, por quince días sin goce de haberes por un caso de incompatibilidad que habría sido detectado por ese organismo judicial en su tarea de superintendencia, que es la facultad que tiene el máximo tribunal de controlar a magistrados y funcionarios en el ejercicio de sus funciones. En esta causa, Casco apeló la sanción a través de su representante legal, el abogado Claudio Ramírez.

Por esta situación, también se detuvo la designación de Casco, y ahora todo está en suspenso hasta que se tome una decisión final.

El comunicado completo

En el comunicado, el abogado aclara diversos aspectos, además de los ya mencionados. A continuación se transcribe textualmente:

“1. El Dr. Casco se desempeña desde abril del año 2011 como Defensor Oficial en la ciudad de Eldorado, no en Posadas. Esto puede corroborarse en la lista de autoridades que se encuentra publicada en la página del Poder Judicial de la provincia de Misiones.

2. El Dr. Casco jamás ejerció la profesión de abogado en toda la provincia de Misiones, en ningún fuero, en ninguna instancia. Es decir que el profesional jamás fue abogado en el fuero civil, comercial, laboral, familia, correccional, de menores, ni en el fuero penal. No lo fue ante la justicia de paz, en primera instancia ante los Juzgados ordinarios, en segunda instancia ante las Cámaras de Apelaciones, ni en instancia extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia. Los años de ejercicio de la profesión corresponden a la provincia de Corrientes y aunque estuvo matriculado en el Colegio de Abogados de la provincia de Misiones, no llegó a ejercer la profesión en esta última.

3. No existe un solo expediente en toda la provincia de Misiones en donde el Dr. Casco haya ejercido como abogado particular. Esta situación podrá ser corroborada por el Colegio de Abogados de la provincia de Misiones que tiene a cargo la venta de los fondos permanentes para la justicia, que se expiden con el nombre del profesional y número de matrícula, y que deben adquirirse en forma indispensable al iniciar una acción judicial. En forma categórica se desmiente la versión de que el Dr. Casco tenía clientes particulares en Misiones antes de desempeñarse como Defensor Oficial, a los cuales favoreció en procesos de adopción mediante entrega de permisos para salir del país.

4. En consecuencia de las razones antes dichas, se desmiente que el Superior Tribunal de Justicia haya “detectado” una situación irregular del funcionario con respecto a sus “clientes particulares”.-

5. Los fundamentos de la sanción son completamente diferentes a las causas que se publicaron en los medios periodísticos. Es verdad que se aplicó una sanción de suspensión por quince días sin goce de haberes, de aplicación inmediata, antes de que la resolución quede firme; pero en un sumario totalmente ajeno a todo lo publicado. Por esta razón, se cree necesario hacer estas aclaraciones dado que las fuentes que informaron la versión anterior, pretendieron instalar en la opinión pública una visión distorsionada de la realidad.

6. La resolución que dispuso la sanción está cuestionada y no fue consentida por el Dr. Casco. El funcionario judicial, con la defensa técnica del Dr. Claudio Ramírez y asociados, presentó ante el Superior Tribunal de Justicia el recurso de reconsideración previsto en el Reglamento del Poder Judicial. La defensa del Dr. Casco cuestionó varios  aspectos de la sanción disciplinaria, expresadas como fundamentos del recurso. También se hizo reserva de recurrir ante la Corte Suprema de Justicia invocando las causales de violación al debido proceso, a la defensa en juicio, incongruencia y arbitrariedad manifiesta, entre otras.

7. Se advierte una clara maniobra de difamación en contra del buen nombre y honor del Dr. Casco con el propósito de desprestigiarlo en su postulación como Juez de Familia de Puerto Iguazú. Se deja a salvo la buena fe con la que los medios periodísticos dieron a conocer la versión que les hicieron llegar sus fuentes.

Para finalizar, prudentemente se hace reserva de dar a conocer los verdaderos motivos de la sanción dado que se encuentra en trámite el recurso interpuesto y son materia de tratamiento del Superior Tribunal de Justicia. No obstante, el Dr. Casco cuenta con la documentación necesaria y queda a disposición del Sr. Gobernador y de la Cámara de Diputados de la Provincia (en particular la Comisión de Acuerdos, Peticiones y Poderes) para efectuar las aclaraciones que sean requeridas en el marco de su postulación como Juez”.

 

 

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