l proyecto había sido presentado por la Concejal Lilian Chamorro (UCR – Bloque Acción Y transparencia Radical) y en sus considerandos se hace hincapié en las consecuencias que el uso de pirotecnia deja en niños y adolescentes por los accidentes que suele provocar, y en los trastornos en los niños que padecen TEA (Trantornos del Espectro Autista)
Asimismo se detallan las recomendaciones de distintos organismos nacionales e internacionales (Organización Mundial de la Salud; Sociedad Argentina de Pediatría; Organización Panamericana de la Salud; etc.) que recomiendan la no utilización de artículos pirotécnicos debido a las secuelas permanentes que pueden provocar en la salud; y detalla distintos estados y municipios que ya adoptaron normas prohibiendo su utilización.
La multa para los particulares que infrinjan la ordenanza será de 15 Unidades Fiscales – en caso de reincidencia se duplica – y para los comercios de 100 Unidades Fiscales.
En la norma quedan exceptuadas “la realización de grandes espectáculos de fuegos de artificios, destinados a entretenimientos de la comunidad o conmemoración de eventos especiales, autorizados previamente por el DEM, además quedan excluidos la utilización de artificios pirotécnicos para señales de auxilio, emergencias náuticas y para el uso de las fuerzas de seguridad y/o defensa civil”.
Asimismo se establece como fecha de puesta en vigencia de la ordenanza el 1º de febrero de 2017
Durante la sesión en la cual se trató el proyecto hicieron uso de la palabra Florencia Leiva musicoterapista y estimuladora temprana y Miriam Weber por los padres de chicos TEA; y Silvia Michel por el Grupo de Animalistas de Eldorado.