nte tal escenario y en aras de salvaguardar a las industrias locales y sabiendo que una de las prioridades del Gobierno provincial es la protección de las fuentes genuinas de empleo de la provincia y que el sector foresto industrial es un eslabón clave del sector productivo misionero, el Gobernador Hugo Passalacqua mediante el Decreto Nº 1024/17 decidió otorgar una subvención a la tarifa eléctrica para morigerar este contexto adverso.
Dicha subvención equivale a un esfuerzo del gobierno Provincial cercano a los $8 millones para lo que resta del año, que será otorgada a las empresas del sector foresto industrial a través de Emsa, la que a su vez trasladará a las Cooperativas Eléctricas con un horizonte geográfico que abarca a toda la Provincia.
Desde el Ministerio de Hacienda, conforme a los lineamientos generales establecidos en el Decreto mencionado precedentemente, emitió la Resolución Nº 485/17 en la que se determinó que la Provincia Subvencionará el 50 % del último incremento tarifario sobre los conceptos de Energía, Cuota de Servicio y Potencia mediante un esquema mensual hasta el periodo de facturación de Diciembre de 2017.
Asimismo, las Empresas del sector que pueden acceder al beneficio serán las que tengan los siguientes códigos de actividad declarados ante la AFIP, con un año de antigüedad, las se detallan a continuación:
161001: Aserrado y cepillado de madera nativa
161002: Aserrado y cepillado de madera implantada
162100: Fabricación de hojas de madera para enchapado, fabricación de tableros contrachapados, tableros laminados, tableros de partículas y tableros y paneles n.c.p. (incluye la fabricación de madera terciada y machimbre)
162201: Fabricación de aberturas y estructuras de madera para la construcción
162202: Fabricación de viviendas prefabricadas de madera
162300: Fabricación de recipientes de madera
162901: Fabricación de ataúdes
162902: Fabricación de artículos de madera en tornerías
162903: Fabricación de productos de corcho
162909: Fabricación de productos de madera n.c.p, fabricación de artículos de paja y materiales trenzables (incluye enmarcado de cuadros, carpintería cuando no explicita especialidad).
Tales empresas a los fines de la aplicación del descuento determinado deberán presentar una solicitud de incorporación al beneficio dispuesto ante el Presidente de las Cooperativas/EMSA (según corresponda), donde aquellas presentadas y aprobadas antes del 30 de Septiembre/17 el descuento será desde el periodo de facturación del 08/17, en tanto, que las presentadas con posterioridad, será a partir de la aprobación de cada solicitud.